¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

noviembre 15, 2022
¿Qué es el certificado de últimas voluntades?, ¿cómo ha de solicitarse el certificado de últimas voluntades? y, ¿quién puede pedirlo?

El certificado de últimas voluntades está íntimamente relacionado con la herencia de un fallecido y con la existencia o no de testamento; por ello, antes de pasar a analizar qué es y para qué sirve el certificado de últimas voluntades, resulta necesario aclarar varios conceptos.

1. ¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades como el documento que permite conocer si el causante ha otorgado o no testamento y, de haberlo hecho, ante qué notario se formalizó.

Esto permite a los herederos del difunto conocer la notaría donde se otorgó el testamento y poder obtener una copia autorizada del mismo, teniendo en cuenta que el mero hecho de disponer del certificado no nos garantiza el derecho a obtener dicha copia del testamento, sino que para ello deberemos tener algún derecho en la sucesión (herederos forzosos, legatarios, etc.), ser administrador de la herencia, albacea o contador partidor de la misma.

2. ¿Quién puede solicitarlo?

Lo anterior demuestra la importancia de este certificado y la información tan práctica que proporciona. Entonces, ¿cómo ha de solicitarse el certificado de últimas voluntades? ¿quién puede pedirlo?

Como regla general, los interesados en solicitar el certificado de últimas voluntades de un fallecido serán los herederos de este, sin embargo, la información que ofrece dicho documento es pública, por lo que cualquier persona puede requerir el mismo.

3. ¿Quién expide el certificado de últimas voluntades?

Este certificado se expide por parte del Ministerio de Justicia y podrá solicitarse en cualquiera de las gerencias territoriales de este órgano. Para ello, habrá de cumplimentarse el modelo 790 (modelo que puede descargarse directamente desde la página web del Ministerio en cuestión) y presentarlo presencialmente, por correo ordinario o de forma telemática.

Ahora bien, en cualquier caso, deberá tenerse en cuenta que la solicitud de dicho certificado no podrá realizarse hasta que no transcurran, al menos, 15 días hábiles desde la fecha de la defunción.

Como se ha mencionado, la información que arroja este certificado es muy relevante y determinará el tipo de proceso sucesorio ante el que nos encontraremos: en un procedimiento abintestato, es decir, sin que exista declaración de últimas voluntades del falecido, o en una herencia sobre la que consta testamento.

Esto implica que la solicitud del certificado de últimas voluntades es el paso inicial, tras el fallecimiento de una persona, para comenzar con los trámites que la gestión de toda herencia requiere.

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